Información general sobre crédito a la vivienda y crédito hipotecario
Esta página presenta información general sobre los contratos de crédito a la vivienda y otros créditos garantizados por hipoteca, en los términos del artículo 12.º del Decreto-Ley n.º 74-A/2017, de 23 de junio, en su redacción vigente.La información no sustituye el análisis individual de la solicitud, la Ficha de Información Normalizada Europea (FINE) ni las condiciones contractuales propuestas por la entidad de crédito. La concesión del crédito depende de la evaluación y decisión del prestamista.
a) Identificación y contactos del proveedor de la información
CrediSegur es una marca de CRRF – BROKERAGE, LDA, intermediario de crédito vinculado, registrado en el Banco de Portugal con el número 0001290.Dirección: Rua da Terça, n.º 11, Casal de Ermio, 3200-010 Lousã (sede); Av. Elísio de Moura, n.º 31, r/c izq., 3030-183 Coimbra (atención al público).Dirección electrónica: geral@credisegur.ptTeléfono: +351 239 161 313 (llamada a la red fija nacional)El registro puede consultarse en el sitio web del Banco de Portugal.CrediSegur no concede crédito. Actúa como intermediario ante las entidades con las que mantiene contrato de vinculación.
b) Finalidades del crédito
Según la oferta de la entidad de crédito, la financiación puede destinarse a la adquisición, construcción o realización de obras en vivienda propia permanente, vivienda secundaria o vivienda para arrendamiento, así como a la adquisición de terrenos para construcción de vivienda.También puede utilizarse para transferir un crédito existente a otra entidad. Los créditos hipotecarios pueden tener otras finalidades, siempre que estén previstas en el producto y sean aceptadas por el prestamista.
c) Garantías exigidas
La garantía habitual es la hipoteca sobre el inmueble financiado. Con la aceptación de la entidad de crédito, la hipoteca puede recaer sobre otro inmueble, incluido un inmueble perteneciente a un tercero.Pueden exigirse garantías adicionales, como la fianza. El fiador asume la responsabilidad por el pago en los términos contratados, pudiendo su patrimonio responder por la deuda.La posibilidad de aceptar inmuebles situados en otro Estado miembro depende de las condiciones del prestamista y, cuando esté disponible, se indica en la FINE.
d) Plazos de los contratos
Los plazos disponibles dependen de la finalidad, del producto, de la edad de los titulares, de la evaluación de su capacidad financiera y de las condiciones de la entidad de crédito.En la oferta intermediada por CrediSegur, los plazos estándar son: de 5 a 40 años, en todas las finalidades (adquisición, adquisición y obras, construcción, adquisición de terreno y construcción, transferencia de crédito y crédito hipotecario), debiendo el préstamo quedar reembolsado hasta los 75 años de edad del titular de mayor edad. Así, el plazo máximo es de 40 años para titulares de hasta 35 años, de 35 años entre 36 y 40 años y, a partir de los 41 años, el que permita finalizar el contrato hasta los 75 años.Un plazo más largo tiende a reducir la cuota mensual, pero, manteniéndose las demás condiciones, aumenta el total de intereses pagados. El plazo concreto figura en la FINE y en el contrato.
e) Tipos de tipo de interés
El tipo anual nominal (TAN) puede ser:Fijo: se mantiene durante el período acordado, permitiendo conocer de antemano la parte de capital e intereses de las cuotas de ese período.Variable: resulta de la suma de un índice de referencia y de un margen contractual, denominado spread. La revisión del índice puede aumentar o disminuir la cuota.Mixto: combina un período inicial de tipo fijo con un período posterior de tipo variable.En los contratos referenciados al Euribor, pueden utilizarse los plazos de 3, 6 o 12 meses, según la oferta del prestamista. El Euribor es administrado por el European Money Markets Institute (EMMI). El plazo del índice determina, por regla general, la periodicidad de la revisión del tipo.En el tipo variable, y tras el período fijo del tipo mixto, la subida del Euribor puede aumentar las cuotas y el coste total del crédito.
f) Moneda del préstamo y riesgo de cambio
Los contratos incluidos en esta página se ofrecen exclusivamente en euros.Cuando los ingresos utilizados para pagar el préstamo se reciben en otra moneda, las fluctuaciones de cambio pueden aumentar el esfuerzo necesario para pagar las cuotas en euros.
g) Ejemplo representativo
Ejemplo relativo al producto Crédito Hipotecario, tipo variable, concedido por una entidad de crédito con la que CrediSegur mantiene contrato de vinculación, para adquisición de vivienda propia permanente, con condiciones de referencia en septiembre de 2026:Importe total del crédito: 150.000,00 €.Plazo: 30 años / 360 meses.Modalidad de tipo: variable.TAN: 3,672 %, correspondiente al Euribor a 6 meses (media de septiembre de 2026: 2,922 %) más un spread de 0,75 %.Reembolso: 360 cuotas mensuales y constantes, de 688,05 € (capital e intereses); con los seguros de vida y multirriesgo, el coste mensual es de 733,05 €.TAEG: 4,36 %.Coste total del crédito para el consumidor: 115.370,62 €.Importe total imputado al consumidor (MTIC): 265.370,62 €.Garantías, comisiones, impuestos, seguros, otros gastos y supuestos considerados: hipoteca sobre el inmueble adquirido; comisión de dossier de 300,00 € y comisión de tasación de 250,00 €, a las que se añade Impuesto de Timbre del 4 % (22,00 €); Impuesto de Timbre sobre la utilización del crédito, del 0,6 % del importe (900,00 €); intereses exentos de Impuesto de Timbre (artículo 7.º, n.º 1, letra l), del Código del Impuesto de Timbre); costes iniciales de 1.472,00 €, pagados en la firma del contrato; seguro de vida de 30,00 € al mes y seguro multirriesgo de 15,00 € al mes, constantes durante todo el plazo. La TAEG se ha calculado suponiendo que el índice se mantiene en el valor indicado durante todo el plazo del contrato.Productos o servicios asociados considerados y su efecto en las condiciones: se considera la contratación del seguro de vida y del seguro multirriesgo exigidos por el mutuante; no se han considerado ventas asociadas facultativas.El MTIC corresponde a la suma del importe total del crédito con el coste total del crédito para el consumidor.Este ejemplo no constituye una aprobación ni una propuesta contractual individual. En los ejemplos con tipo variable, los valores futuros dependen de la evolución del índice, debiendo el cálculo respetar los supuestos legales aplicables a la TAEG.
h) Otros costes
Además de los gastos considerados en el coste total del crédito, pueden existir gastos relacionados con la adquisición y la propiedad del inmueble, en particular IMT, Impuesto de Timbre sobre la adquisición y gastos notariales no incluidos en ese cálculo, cuando sean aplicables.También pueden existir gastos derivados de acontecimientos posteriores, como la amortización anticipada o el incumplimiento.Los costes concretos, las posibles exenciones y los gastos incluidos o excluidos de la TAEG deben comprobarse en la FINE y en la documentación de la operación.
i) Modalidades de reembolso
En la modalidad habitual, el préstamo se reembolsa mediante cuotas mensuales que incluyen capital e intereses. El número de cuotas corresponde al plazo contratado en meses.El importe depende del capital financiado, del tipo de interés, del plazo y de la modalidad de reembolso. En el tipo variable, se recalcula en las revisiones previstas en el contrato; en el tipo mixto, también puede modificarse al pasar del período fijo al variable.Otras modalidades, cuando sean legalmente admisibles y estén disponibles por parte del mutuante, se identificarán en la FINE, incluyendo posibles períodos de carencia o capital a pagar al final.
j) Reembolso íntegro del capital
En los contratos con amortización íntegra a través de las cuotas, el pago de todas las cuotas y demás importes debidos contractualmente permite liquidar el préstamo.Cuando exista capital diferido para el final, el pago de las cuotas intermedias no liquida la totalidad del capital, siendo necesario pagar el importe final previsto.Si el reembolso depende de un producto de ahorro o inversión, el cumplimiento de las aportaciones previstas puede no garantizar capital suficiente para liquidar el préstamo. Esta situación y los riesgos correspondientes deben identificarse expresamente.
k) Reembolso anticipado
El consumidor puede reembolsar el préstamo, total o parcialmente, antes del plazo previsto, con reducción de los intereses y gastos relativos al período restante.El reembolso parcial debe coincidir con la fecha de vencimiento de una cuota y comunicarse al mutuante con, al menos, siete días hábiles de antelación. El reembolso total exige un preaviso mínimo de diez días hábiles.Cuando esté prevista en el contrato, la comisión no puede exceder el 0,5% del capital reembolsado durante un período de tipo variable o el 2% durante un período de tipo fijo, sin perjuicio de las exenciones legales, regímenes especiales o condiciones contractuales más favorables.Existen exenciones por fallecimiento, desempleo o desplazamiento profesional, en las condiciones legalmente previstas. El mutuante informa al consumidor sobre el impacto y los gastos del reembolso.
l) Tasación del inmueble
La entidad de crédito garantiza la tasación del inmueble dado en garantía a través de un perito tasador independiente inscrito en la Comisión del Mercado de Valores Mobiliarios.El consumidor puede asumir los costes de la tasación, en los términos previamente comunicados e indicados en la documentación de la operación. Puede reclamar del resultado y solicitar una segunda tasación, asumiendo los costes correspondientes.También puede presentar un informe de tasación obtenido de otra entidad de crédito, sujeto a los requisitos legales de aceptación. Las retasaciones promovidas por el mutuante en cumplimiento de normas legales o reglamentarias no pueden generar comisiones ni gastos para el consumidor.
m) Servicios accesorios y productos asociados
La entidad de crédito puede exigir seguros adecuados a la operación, en particular seguro de vida y seguro del inmueble, así como una cuenta corriente a la vista en los términos legalmente permitidos.Cuando se exija un seguro, el mutuante debe aceptar un contrato de otro proveedor que garantice un nivel de cobertura equivalente. Cuando se exija una cuenta, debe aceptar una cuenta abierta en otra entidad.Pueden proponerse productos o servicios de contratación opcional que permitan obtener condiciones más favorables. Su contratación, mantenimiento o cancelación puede modificar el spread u otros gastos, según lo indicado en la FINE y en el contrato.
n) Información necesaria para la evaluación de la solvencia
El consumidor debe facilitar información correcta, completa y actualizada sobre su situación personal, profesional y financiera, así como la documentación solicitada, dentro del plazo indicado por la entidad de crédito o por CrediSegur.La falta de información o de documentación necesaria, o la aportación de información falsa o desactualizada, puede impedir la evaluación de la solvencia y la concesión del crédito.Una evaluación favorable no obliga a la entidad a aprobar la financiación.
o) Consecuencias del incumplimiento
El retraso o la falta de pago puede dar lugar a intereses de demora, comisiones y otros gastos legalmente admisibles, así como a la comunicación de la situación de incumplimiento a la Central de Responsabilidades de Crédito del Banco de Portugal.También puede dar lugar a la resolución del contrato y al cobro judicial, incluida la ejecución de las garantías, el embargo de ingresos o bienes y la venta del inmueble hipotecado. La responsabilidad puede extenderse a los fiadores, en los términos contratados.Si prevés dificultades de pago, contacta inmediatamente con la entidad de crédito para evaluar soluciones de prevención o regularización del incumplimiento.Esta información puede solicitarse a CrediSegur en papel o en otro soporte duradero.Última actualización: 04/10/2026.